Autorización previa, terapia escalonada y límites de cantidad
Nuestro plan recibe la ayuda de médicos y farmacéuticos que crean herramientas para ayudarnos a brindarle cobertura de calidad. Algunos ejemplos incluyen:
- Autorización previa: es necesario que obtenga aprobación de nuestra parte antes de aceptar la cobertura de algunos medicamentos. Esto se conoce como autorización previa. Si no obtiene esta aprobación, es posible que tenga que pagar por el medicamento. Los medicamentos que requieren autorización previa se indican con “PA o PA-NS” en la Lista de medicamentos (formulario).
- Terapia escalonada: en algunos casos, nuestro plan requiere que primero pruebe ciertos medicamentos para tratar su afección médica antes de que cubramos otro medicamento para esa afección. Este requisito de probar primero un medicamento diferente se llama “terapia escalonada”. Los medicamentos que requieren terapia escalonada se indican con “ST” en la Lista de medicamentos (formulario).
- Límites de cantidad: para algunos medicamentos, nuestro plan limita la cantidad de medicamento que cubrimos. Por ejemplo, un comprimido por día. Esta cantidad puede ser adicional a un suministro estándar de uno o tres meses. Los medicamentos que requieren límites de cantidad están indicados con las letras “QL” en la lista de medicamentos (formulario).
- Límites de edad: algunos medicamentos requieren autorización previa si su edad no cumple con las recomendaciones clínicas, del fabricante o de la Administración de Alimentos y Medicamentos (Food and Drug Administration, FDA).
- Criterios de autorización previa - (PDF)1 de octubre de 2024
- Criterios de terapia escalonada - (PDF)15 de octubre de 2023
- Límites de cantidad: consulte la Lista de medicamentos (Formulario) para conocer los requisitos y límites de los medicamentos.
Usted puede solicitarnos que hagamos una excepción a las reglas de cobertura. Para obtener más información sobre los tipos específicos de excepciones, consulte su Manual del afiliado. Cuando solicite una excepción, incluya una declaración de su médico que respalde su solicitud, además del formulario de determinación de cobertura completado.
Por lo general, debemos decidir dentro de un plazo de 72 horas después de recibir la declaración de respaldo de su médico. Usted o su médico pueden solicitar una excepción rápida (acelerada) si su salud podría verse afectada por la espera. Si aprobamos su solicitud acelerada, debemos informarle nuestra decisión en un plazo de 24 horas tras haber recibido la declaración de respaldo de su médico.
Consulte la página Determinaciones y redeterminaciones de cobertura para obtener más información.
Si tiene preguntas o si desea obtener la lista de medicamentos más reciente, comuníquese con Servicios para Afiliados. Estamos para ayudarlo.